Plan Anual Normativo

 La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a fin de garantizar la predictibilidad del ordenamiento jurídico y, al tiempo, reforzar el principio de seguridad jurídica establece en el artículo 132 la necesidad de planificar la producción normativa, así señala que:

 

1. Anualmente, las Administraciones Públicas harán público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación al año siguiente.
 
2. Una vez aprobado, el Plan Anual Normativo se publicará en el Portal de la Transparencia de la Administración Pública correspondiente.
 

 

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