Subvenciones de Agricultura para el fomento de la comercialización de empresas agroalimentarias

Área de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo el art. 22.1 de la Ley General de Subvenciones (L.G.S.) por parte del Área de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente para el desarrollo de actuaciones de comercialización y distribución, que desarrollen empresas del sector agroalimentario de la provincia de Jaén, de acuerdo con las siguientes líneas:

- Estudios de logística en el aprovisionamiento y distribución. Estudios de investigación de mercados y planes de marketing.
- Auditorías y elaboración de manuales de figuras de calidad (denominaciones de origen, especialidad tradicional garantizada, marca de calidad, productos certificados como producción ecológica…).
- Auditorías para implantación de Sistema de Gestión de la Calidad y/o Seguridad Alimentaria (UNE-EN ISO 9001:2005, International Food Standard, ...).
Estudios y propuestas para la mejora de la presentación de los productos agrícolas y ganaderos, así como la realización de dichas actuaciones de mejora.
- Elaboración de catálogos de productos.
- Estudios y propuestas sobre el diseño de envases y etiquetas de productos con marcas de calidad, así como su adquisición.
- Asistencia y participación a ferias y misiones comerciales.
- Participación en concursos y exposiciones temporales agrarias y ganaderas.
- Actuaciones que permitan la comercialización en común de productos agroalimentarios; a través de venta directa o a través de venta on line.
- Estudios y proyectos de actuación para la aplicación de nuevas tecnologías destinadas a la compraventa de productos agroalimentarios. (plataformas web de venta on line,
aplicaciones para comercio electrónico en smartphones, ...).
- Otras asistencias, estudios y propuestas para la más eficaz difusión y conocimiento de los productos del sector agroalimentario de la provincia.

Beneficiarias/os.
Tendrán la consideración de beneficiarias/os las personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamente su otorgamiento o que se encuentren en situación que legitime su concesión, requiriéndose, para estas últimas, que la actividad subvencionada tenga cabida dentro de su objeto, fines o estatutos.
En concreto,
• Las/os beneficiarias/os deberán desarrollar su actividad y tener su domicilio fiscal en municipios de la provincia de Jaén.
• Las/os beneficiarias/os deberán tener la consideración de PYME en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Esta definición debe ser conforme. a las exigencias establecidas en el Reglamento (CE) 70/2001, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE de las Ayudas Estatales a las pequeñas y medianas empresas, y modificado por el Reglamento (CE) 364/2004, de la Comisión, de 25
de febrero de 2004, que incorpora la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas: emplear a menos de 250 personas; tener un volumen de negocios anual que no exceda de 50.000.000 de euros o un balance general anual no superior a 43.000.000 de euros; no estar vinculadas o participadas en una cantidad igual o superior al 25 por 100 por otras empresas cuyo balance general anual exceda de 43.000.000 de euros.

Empresas agroalimentarias de la provincia de Jaén

Detalles de la subvención
Fecha publicación Lugar NÚMERO Descripción Fin de plazo Descarga

Bases de la Convocatoria Publicación: 01/04/2016, BOP num.61

Fin de plazo: 25/04/2016

Subsanación de solicitudes Publicación: 28/06/2016, BOP num.122

Fin de plazo: 09/07/2016

Propuesta de resolución provisional Publicación: 27/10/2016, BOP num.206

Fin de plazo: 11/11/2016

Resolución definitiva Publicación: 23/11/2016, BOP num.224